Por: Luis Fernández

En una histórica resolución de la asamblea general de las Naciones Unidas de fecha 25 de marzo, impulsada por la Unión Africana, liderada por el presidente de Ghana, John Dramani Mahama, se proclamó que la trata de esclavos africanos y la esclavitud racializada representan los crímenes más graves contra la humanidad, lo que representa la primera resolución integral de la ONU sobre la esclavitud transatlántica.

La resolución que obtuvo una votación de 123 votos a favor, 3 en contra (EE. UU., Israel y Argentina) y 52 abstenciones (en su mayoría de la Unión Europea), busca allanar el camino institucional para obtener disculpas públicas oficiales y la Aplicación de justicia restaurativa, para los pueblos que sufrieron este crimen histórico durante siglos, los que nos obliga no solo a recordar, sino a actuar.

La resolución que se adoptó el mismo día internacional de recuerdo de las víctimas de la esclavitud y la trata transatlántica de esclavos no es vinculante y no crea leyes obligatorias, pero establece un precedente político global, reforzando la idea de que la esclavitud no es solo pasado, sino una deuda histórica aún abierta y que sus consecuencias no han sido debidamente reparadas.

La declaración de la ONU condena un sistema de explotación que se prolongó durante cuatro siglos y un régimen mundial que codificó a los seres humanos y a sus descendientes como propiedad hereditaria, enajenable y perpetua, lo que constituye una grosera violación del derecho internacional, que no prescribe, no pierde vigencia con el tiempo, por lo que puede ser perseguida sin limite temporal.

La iniciativa fue presentada por mas de 60 países, la mayoría africanos, Latinoamericanos y caribeños, quienes lograron que la mayoría de los países reunidos en la asamblea general de la ONU aprobaran contundentemente, está condena contra la injusticia más inhumana y duradera contra millones de seres humanos, que fueron sometidos a abusos sistemáticos, profundos y deliberados, los que en múltiples casos se han transmitido de generación en generación.

El documento señala instrumentos legales que establecían la esclavitud perpetua de los africanos, como el código de esclavos de barbados de 1661 y el código negro francés de 1685, que definían jurídicamente a los africanos esclavizados como “bienes muebles”, asimismo el principio legal adoptado por Virginia (EU) en 1662 que establecía que la condición de esclavo se heredaba biológicamente a través de las madres africanas.

La resolución señala que,”la reproducción humana es un mecanismo de acumulación de capital que institucionalizó la jerarquía racial como principio rector del orden politico y económico internacional”, el texto subraya, que la instauración de este sistema estructural y organizado no tenia “precedentes históricos” y sigue afectando la vida de millares de personas, “a través de regímenes racializados de trabajo, propiedad y capital”.

El texto de la ONU reconoce el “carácter excepcionalmente generizado” de la trata de esclavos, que sometía sistemáticamente a las mujeres y niñas africanas a “violencia sexual, reproducción forzada, servidumbre doméstica y formas de explotación específicas por razón de género”, denuncia ademas la aplicación del principio “lo que nace sigue al vientre”, como un mecanismo que vulneraba sus derechos reproductivos y las sometía “a la reproducción forzada para generar mano de obra esclava”.

Las Naciones Unidas han producido un conjunto de instrumentos internacionales, con el fin de erradicar la esclavitud, como la Convención sobre la esclavitud adoptada por la sociedad de naciones precursora de NU, en 1926, que obligó a los estados a suprimir la trata de esclavos, en 1956 las NU adoptaron la convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, que buscaba eliminar formas modernas de este sistema de explotación humana.

Ademas la declaración universal de los derechos humanos en 1948, el pacto internacional de derechos civiles y politicos en 1966 y otras resoluciones que establecen que la esclavitud es ilegal en todas sus formas, los estados tienen la obligación de prevenirla, sancionarla y erradicarla, planteando que la esclavitud moderna sigue siendo un problema global, que constituye una total negación de la dignidad humana.

Durante mas de tres siglos millones de africanos fueron abusados, mercantilizados y sometidos a un régimen de explotación brutal y criminal, que alimentó la acumulación originaria de capital en Europa y el desarrollo de economías coloniales en América, que se implementó mediante una política deliberada y una estructura organizada de poder global, que produjo sistemas de exclusión y desigualdad.

La aprobación de esta histórica resolución de las Naciones Unidas, que se produce en el contexto del segundo decenio internacional de los Afrodescendientes (2025-2034) y a pocos meses del centenario de la convención para la supresión de la trata de esclavos y la esclavitud de 1926, debe constituir un importante esfuerzo, para condenar la trata de personas, la esclavitud moderna y promover la protección de las victimas.

Esta resolución de la ONU que abre el debate global sobre este crimen de lesa humanidad debe dirigirse a un proceso de reparaciones históricas, compensación y justicia a los pueblos afectados, disculpas formales de los estados implicados y a tomar medidas contra el racismo sus efectos actuales y contra las desigualdades nacidas en la colonización, continuadas con la esclavitud moderna y el neocolonialismo.

Luis Fernández, Analista politico y escritor