JCE aclara hijos de extranjeros que residan ilegalmente en RD no deben registrarse en el Libro de Extranjería

La Junta Central Electoral, informó que conforme los artículos 18 y 25 de la Constitución de la República, los hijos e hijas de extranjeros que se hallen en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano, no son dominicanos y tienen la obligación de registrarse en el Libro de Extranjería, cumpliendo con el procedimiento establecido en la ley.

La JCE en su rol de órgano constitucional autónomo, máxima autoridad en materia electoral, del Registro Civil y de la Cédula de Identidad y Electoral, a raíz de una publicación realizada por un medio de comunicación en la que se afirma que “se están registrando hijos de madres haitianas como dominicanos”.

En ese sentido, este órgano constitucional es fiel garante de la soberanía del pueblo dominicano y de las demás características que nos identifican como Nación y, que, bajo las directrices del actual Pleno y con el compromiso e integridad que caracteriza a los empleados/as de este órgano.

Reiteró que el registro civil está resguardado contra acciones que pudieran atentar contra su integridad, razón por la cual, todos los actos registrables son instrumentados, cumpliendo estrictamente con lo que establece la Constitución de la República, las leyes y las decisiones de los tribunales.

No obstante, este órgano ha ordenado la realización inmediata de una investigación minuciosa y exhaustiva en torno a la información publicada en el medio de comunicación, así como también ha dispuesto el levantamiento de la información estadística fidedigna, relativa a los nacimientos registrados en el registro civil dominicano, cuyos resultados de la misma serán ofrecidos oportunamente al pueblo dominicano.

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