Asamblea Nacional Revisora aprueba unificación elecciones y disposiciones transitorias que prohíben reelección

La Asamblea Nacional Revisora aprobó en primera lectura los artículos 209, 268, 274, y la inclusión del artículo 278 a la Carta Magna, así como las disposiciones transitorias incluidas en las modificaciones, que indican que el presidente de la República electo el tercer domingo de mayo del 2024, nunca más podrá presentarse al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República.

Previó al inició de los trabajos legislativos de este martes, el presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos, levantó el receso y dio inicio a la 12:25 meridiano, al segundo día de los trabajos legislativos, confirmando el quorum conformado por 26 senadores y 165 diputados para un total de 193 asambleístas presentes de 222 convocados.

Después de confirmada la asistencia, el presidente de la Asamblea recordó el tiempo de cinco minutos que deben usar los asambleístas para proponer sugerencias de modificaciones a las propuestas sometidas por el Poder Ejecutivo, y una duración de diez minutos según el protocolo para tomar turnos de ponencias.

El diputado Amado Díaz presentó una propuesta de modificación para el artículo 209 de la Carta Magna, de unificación de las elecciones presidenciales y vicepresidenciales, congresuales y municipales, acogida por los asambleístas con una votación de 168 de 208 presentes.

En lo adelante, el artículo 209 de la Carta Magna señala que las asambleas electorales funcionaran en colegios electorales que serán organizados conforme a la ley. Los colegios electorales se abrirán cada cuatro años para elegir al presidente y vicepresidente de la República, a los representantes legislativos, parlamentarios de organismos internacionales, a las autoridades municipales y a los demás funcionarios o representantes electivos. Estas elecciones serán celebradas el tercer domingo del mes de mayo.

Con un total de 158 votos de 194 asambleístas presentes fue aprobada la propuesta presentada por el presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos. La disposición transitoria incluida en las modificaciones a la Carta Magna prohíbe al presidente de la República electo el tercer domingo de mayo del 2024, nunca más presentarse al mismo cargo, ni a la vicepresidencia de la República.

Antes de sancionar el artículo 268, los asambleístas Ramón Rogelio Genao, Antonio Taveras Guzmán y Pedro Catrain, motivaron las modificaciones a la moción aprobada con 165 votos a favor de 196 asambleístas presentes.

El asambleísta Genao adelantó que al “modificar la Constitución las llaves serán tiradas al mar”.
Mientras que, el presidente de la Asamblea, Ricardo de los Santos, expresó que esta “iniciativa será aprobada a unanimidad porque viene a robustecer y fortalecer lo que establece la Constitución”.

El artículo 268 de la Carta Magna, aprobado con modificación según propuesta presentada por el asambleísta Pedro Catrain, refiere la forma de gobierno y reglas de elección presidencial.

El mismo detalla que ninguna modificación a la Constitución podrá versar sobre la forma de gobierno establecida en el artículo 4 de la Carta Magna, y que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo. Indica que tampoco podrá versar sobre las reglas de elección presidencial establecidas en el artículo 124 de esta constitución.

La Asamblea Nacional Revisora, aprobó además, la propuesta de la asambleísta Olfanny Méndez, que sugirió la modificación del artículo 274 sobre periodo constitucional de funcionarios electivos.

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