El director de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez, ofreció en el día de hoy importantes informaciones a los medios de comunicación sobre los requisitos que deben cumplir los familiares de un afiliado fallecido para acceder a la pensión de sobrevivencia o a la devolución de saldo en la Cuenta de Capitalización Individual.

✅ Pensión de sobrevivencia

Este beneficio corresponde a los familiares directos con derecho (viuda/o, hijos menores de 18 años, hijos estudiantes hasta 21 años, e hijos discapacitados sin límite de edad).

Para solicitarlo, deben presentar los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de pensión de sobrevivencia (disponible en la AFP).
  2. Acta de Defunción del afiliado.
  3. Copia de cédula del afiliado fallecido.
  4. Acta de Nacimiento de los hijos beneficiarios (legalizada si corresponde).
  5. Acta de Matrimonio o Acta de Unión Libre.
  6. Cédula de identidad de cada beneficiario (viuda/o e hijos).
  7. Certificación de estudios y Declaración Jurada de Soltería (para hijos entre 18 y 21 años)
  8. Certificado médico de discapacidad (en caso de hijos discapacitados).
  9. Compulsa de Acto de Determinación de Herederos.
  10. Acta de Consejo de Familia (cuando el beneficiario sea menor de edad y no haya tutores legales).
  11. Certificado Médico (en caso de hijos en gestación).
  12. Documentación legal sobre la adopción (si aplica).
  13. Carta de trabajo del fallecido.
  14. Número de cuenta bancaria del beneficiario principal para recibir el pago.

✅ Devolución de saldo a herederos legales

Cuando el afiliado fallecido no deja beneficiarios directos con derecho a pensión de sobrevivencia, o no se encontraba cotizando al sistema al momento del deceso, los herederos legales podrán solicitar la devolución del saldo acumulado en la CCI, presentando.