PROINDUSTRIA es una entidad de derecho público

CONSIDERANDO: Que el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial
(PROINDUSTRIA) es una entidad de derecho público descentralizada, con personalidad jurídica propia, autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica, y patrimonio propio, compuesta por un Consejo Directivo como el órgano rector y un director general.

CONSIDERANDO: Que conforme establece el artículo 6 de la Ley núm. 392-07, del 4 de diciembre de 2007, sobre Competitividad e Innovación Industrial, el Consejo Directivo del Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) tendrá un director general designado por el Poder Ejecutivo de una terna sometida por el propio Consejo.

CCONSIDERANDO: Que el artículo 10 de la citada ley, establece que el director general,será designado por el Poder Ejecutivo de una terna que le será sometida por los demás miembros del Consejo Directivo y permanecerá en sus funciones por cuatro (4) años renovables.

CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de las disposiciones citadas, el Consejo Directivo de PROINDUSTRIA sostuvo una reunión el 20 de marzo de 2024, aprobando la tema de candidatos para ocupar la posición de director general de dicho Consejo.

CONSIDERANDO: Que esta tema fue remitida al Poder Ejecutivo mediante comunicación num.0329 del 20 de marzo de 2024, suscrita por el ministro de Industria, Comercio y MIPYMES quien funge como presidente del Consejo Directivo de PROINDUSTRIA.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 392-07, del 4 de diciembre de 2007, sobre Competitividad e Innovación Industrial.

VISTO: El Decreto núm. 674-12, del 7 de diciembre de 2012, que establece el Reglamento de Aplicaeión de la Ley núm. 392-07, sobre Competitividad e Innovación Industrial

VISTA: La comunicación núm. 0329 del 20 de marzo de 2024, dirigida por el presidente del Consejo Directivo de PROINDUSTRIA al Poder Ejecutivo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Rafael Ulises Cruz Rodríguez queda designado director general del Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial de ( PROINDUSTRIA).

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