
SANTO DOMINGO ESTE, R.D. — La Comisión Hípica Nacional, mediante su presidente Francisco Pavonessa Grullón, desmintió las acusaciones vertidas por asociaciones de bancas deportivas respecto a la regulación de los juegos de azar en el país.
Reveló que varios de los operadores querellantes incurren en competencia desleal al comercializar juegos hípicos virtuales en sus locales sin contar con la correspondiente licencia emitida por el órgano hípico.
La institución dejó sentado que sus actuaciones se enmarcan en el principio de legalidad, la transparencia tributaria y la protección de los derechos adquiridos del sector hípico nacional.
Revelan comercialización no autorizada de productos hípicos frente a las acusaciones del sector de bancas deportivas que tildan de “usurpación” las atribuciones de la institución, la Comisión Hípica Nacional puso en evidencia la doble moral del gremio denunciante.
El organismo confirmó que, si bien diversas bancas deportivas han obtenido de forma regular sus autorizaciones para operar simulcasting y juegos virtuales, operadores del sector deportivo comercializan actualmente juegos hípicos virtuales sin contar con el título habilitante expedido por la autoridad reguladora hípica.
Esta práctica constituye una violación al ordenamiento sectorial y genera una ventaja indebida frente a aquellos que sí han cumplido con el proceso de licenciamiento, inversión y fiscalización estatal.
Datos oficiales frente a cifras desinformotivas
El organismo desmontó el discurso alarmista sobre una proliferación indiscriminada de puntos de apuesta, aclarando que en toda la historia de la institución se han otorgado 29,100 licencias para la operación de Juegos Hípicos Virtuales (JHVs) sobre un total de 60,000 solicitudes, una cifra muy distante de las 70,000 o 150,000 agencias denunciadas por el gremio deportivo.
Asimismo, la entidad precisó que la mayoría de estas agencias funcionan en locales preexistentes con licencias del Ministerio de Hacienda (como bancas de lotería y deportivas), estrategia concebida para reducir la clandestinidad y someter el juego informal al control del Estado.
La posibilidad de un crecimiento descontrolado queda desestimada por la moratoria de 10 años y la distancia mínima de 550 metros contempladas en el proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional (Iniciativa núm. 06055-2024-2028-CD).
Plena sustentación jurídica y eficacia tributaria
La Comisión Hípica Nacional subrayó que sus competencias sobre carreras de caballos, de galgos o cualquier carrera que implique fuerza animal —reales, virtuales o simuladas— están cimentadas en un marco normativo especial y autónomo constituido por la Ley núm. 463 de 1944, los Reglamentos Hípicos 250-94 y 352-99, contratos tecnológicos vigentes desde 2014 y el Decreto núm. 480-19.
Pretender desconocer este entramado mediante simples interpretaciones administrativas vulnera la seguridad jurídica y el régimen de derechos adquiridos protegidos por la Constitución de la República.
En materia fiscal, la entidad destacó que el segmento de apuestas hípicas virtuales es el único sector de juegos de azar en el país cuya recaudación para el Estado se calcula sobre las ventas brutas reales monitoreadas en tiempo real.
Este modelo de transparencia supera el esquema tradicional de tasas fijas desvinculadas del volumen económico real, alcanzando aportes impositivos históricos en beneficio del Tesoro Nacional.
La Comisión Hípica Nacional reiteró su respaldo al proyecto de Ley de Juegos de Azar que se tramita en el Congreso Nacional, confiando en que dotará al Estado de herramientas superiores para sancionar la ilegalidad, fortalecer la fiscalización y tutelar el patrimonio hípico del país.

