
La alta corte declara inadmisible reclamo millonario que buscaba burlar la Ley de Confiscación de 1962
SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional puso punto final a 76 años de litigio, declaró inadmisible el recurso de los hijos extramatrimoniales del dictador Rafael Leónidas Trujillo que buscaban obligar al Banco de Reservas a entregarles millones depositados en 1950.
Se trata de Rafael José Ramón y Yolanda Altagracia Trujillo Lovatón, hijos de Trujillo con Lina Lovatón Pittaluga.
Mediante sentencia TC/0737/26, el TC determinó que el caso carece de “especial trascendencia constitucional” y que solo refleja inconformidad con fallos anteriores. El origen del dinero está marcado por el poder absoluto.
Una fortuna blindada desde la tiranía
El 4 de febrero de 1950 Trujillo abrió el certificado 2117 en Banreservas con condición suspensiva: el dinero sería de Lina Lovatón solo tras su muerte.
Tras el ajusticiamiento del dictador el 30 de mayo de 1961, los herederos reclamaron los fondos.
Argumentaban que no debían ser tocados por la Ley 5785-62, que confiscó todos los bienes de la familia. Trujillo y los declaró patrimonio nacional.
Durante décadas intentaron desligar ese dinero del régimen.
Alegaron violación a la irretroactividad y al derecho de propiedad. La justicia ordinaria ya había cerrado las puertas.
Los tribunales desmontan el reclamo
En 2016 un juzgado declaró la demanda prescrita.
En 2022 la Corte de Apelación determinó que el dinero había sido retirado antes de la muerte de Trujillo.
En abril de 2025 la Suprema Corte rechazó un recurso de casación. Aun así, los Trujillo Lovatón acudieron al TC como último recurso.
El Tribunal Constitucional fue enfático.
El TC: No se puede reescribir la historia con tecnicismos legales
Dijo que no le corresponde revisar valoraciones de prueba ni legalidad ordinaria. Su rol es solo verificar violaciones a derechos fundamentales, algo que no ocurrió.
“El mero alegato de violación de derechos no justifica el recurso. Se requiere demostrar cómo la sentencia vulnera la Constitución”, indicó la alta corte.
Con la abstención del magistrado presidente Napoleón Estévez, el TC acogió la inadmisión solicitada por Banreservas.
Con este fallo el Estado dominicano sella definitivamente el intento de recuperar recursos originados bajo un régimen autoritario.
Cierre a un capítulo de la dictadura
La Ley 5785-62, dictada para resarcir al país del despojo trujillista, se mantiene vigente.
Para historiadores y juristas, la decisión reafirma que ningún tribunal puede validar privilegios nacidos del abuso de poder.
“La memoria histórica y el patrimonio del pueblo dominicano prevalecieron sobre un reclamo familiar”, señalaron analistas.

