
Santo Domingo, RD. El periodista José Peguero y la abogada tributaria, Pablita Cabrera Martínez, interpusieron ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad contra el artículo 24 de la Norma General núm. 04-2021 sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), modificado por el artículo 5 de la Norma General núm. 04-2023, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
La acción cuestiona la figura denominada “Estado Suspendido”, mediante la cual la DGII puede suspender el RNC de contribuyentes que no presenten declaraciones o no realicen pagos durante determinados períodos.
Según los accionantes, esta medida produce efectos restrictivos que impactan la operación económica y administrativa de personas físicas y jurídicas.
Los solicitantes sostienen que la disposición impugnada vulnera principios constitucionales como la legalidad, la jerarquía normativa, la reserva de ley, el debido proceso, la razonabilidad, la proporcionalidad, la buena administración y la libertad de empresa.
En particular, la acción señala como vulnerados los artículos 6 —supremacía constitucional—, 40.15 —principio de legalidad—, 50 —libertad de empresa—, 69, especialmente su numeral 7 —debido proceso y legalidad sancionadora—, 74.2 —razonabilidad y límites a la regulación de derechos fundamentales—, 138 —sometimiento de la Administración Pública al ordenamiento jurídico—, 184 —fuerza vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional— y 243 —principios del régimen tributario— de la Constitución dominicana.
En el documento se afirma que la suspensión del RNC puede derivar en limitaciones para realizar trámites ante la DGII y afectar el uso normal de comprobantes fiscales, lo que, a juicio de los accionantes, podría producir efectos ya cuestionados por precedentes del Tribunal Constitucional sobre el bloqueo de comprobantes fiscales.
La acción pide al Tribunal Constitucional declarar no conforme con la Constitución el artículo 24 de la Norma General núm. 04-2021, en su versión modificada por la Norma General núm. 04-2023, y disponer su nulidad y expulsión del ordenamiento jurídico.
Los accionantes expresan que la Administración Tributaria cuenta con mecanismos legales para fiscalizar, determinar obligaciones, imponer sanciones establecidas por ley y perseguir el cobro de créditos tributarios, por lo que consideran que la suspensión del RNC resulta innecesaria y desproporcionada.
La instancia fue presentada por José Amado Peguero Reyes y Pablita Cabrera Martínez, quien también figura como abogada accionante.

